Fuente: Agencia de Noticias La Vaca / https://www.lavaca.org/notas/el-operativo-que-termino-con-la-desaparicion-de-santiago-maldonado-fue-ilegal/
El Centro de Estudios Legales y Sociales señala por qué el operativo de Gendarmería el 1 de agosto –origen de la desaparición de Santiago Maldonado- fue ilegal: los gendarmes actuaron bajo figura de “flagrancia”, alegada para irrumpir en la comunidad sin orden judicial. Por “flagrancia” se entiende la reacción de las fuerzas policiales ante un delito que se está cometiendo, pero tal como señala el penalista Mario Jiuliano, “esa reacción sólo se justifica si es proporcionada: una cosa es que irrumpan sin orden judicial en una casa en la que tienen secuestrada a una persona y otra que justifiquen una represión porque le tiran piedras”. CELS: “Todo lo que hicieron en la comunidad está por afuera de la justificación que alegan”.
Para el CELS -que se constituyó como querellante en la causa que investiga la desaparición forzada y lleva adelante la fiscal federal Silvina Ávila- la flagrancia implica recortar el delito al hecho particular que justifica la irrupción. En diálogo con lavaca desde Esquel, analiza Paula Litvachky, directora del Área de Justicia y Seguridad del CELS: “Todo lo que hicieron en la comunidad está por afuera de la justificación que alegan para irrumpir: requisaron todo, quemaron cosas, maltrataron y secuestraron herramientas de trabajo, que luego presentaron a la prensa como arsenal terrorista. Todas estas acciones poco tienen que ver con la justificación de flagrancia. Lo concreto es que irrumpieron sin orden judicial y ese operativo ilegal fue el origen de la desaparición de Santiago”. A su lado, el directo ejecutivo del organismo, Gastón Chillier, sintetiza: “El operativo refleja los mensajes que dio en la reunión previa el jefe de Gabinete de Seguridad, Pablo Noceti”.
Según los informes de Gendarmería que están en la causa que tuvo acceso lavaca, la orden del Juzgado Federal de despejar la ruta 40 por los cortes en protesta por la liberación de Jones Huala (oficio 972/2017) fue cumplimentada a las 5:30 de la madrugada: en ese horario el primer alférez Daniel Gómez se comunica con Otranto. Es la última vez que se consigna una comunicación con el juez.
¿Por qué se da el ingreso a la comunidad a las 11:15, según consignan los informes de la fuerza? En ese momento los integrantes del Pu Lof se defendieron a piedrazos de los tiros de Gendarmería. Según la versión taquigráfica del Senado, dijo Bullrich: “Es el oficio 972/17. Esa es la orden judicial que le da el juez Otranto y luego, el jefe del operativo que podría haber actuado sin orden judicial, frente a una situación infraganti, no lo hace. Se comunica con el juez y el juez le da la instrucción al jefe del operativo de que entre y requise y busque los elementos con los que estaban siendo impedido… Que la Gendarmería avance para sacar las ramas que estaban cortando la calle. Esa es una orden vía teléfono”.
En una rueda de prensa en la sede de la Defensoría Federal en Esquel, el doctor Fernando Machado (que confirmó a lavaca que Gendarmería pidió copias de la causa de habeas corpus y el juez Otranto la concedió) también desmintió a Bullrich: “La secuencia de la represión del 1 de agosto se divide en tres. Primero, la orden que emitió el juez federal es por entorpecimiento de tránsito en la Ruta 40. Luego, según lo que informa Gendarmería (como reveló lavaca), gente de la comunidad empieza a lanzar piedras. Y ellos, utilizando la línea argumental de una flagrancia, ingresan al Pu Lof. O sea que el juez no orden el ingreso al Lof”.
¿Cuáles son los puntos centrales que reclaman que tenga en cuenta la investigación judicial?
Chillier: Es central profundizar todas las hipótesis, pero sobre todo la que apunta a Gendarmería como responsable de la desaparición, que es la línea que acumula hasta ahora más pruebas.
Litvachky: Cuando se habla de una desaparición forzada se está describiendo una violación de los derechos humanos en la cual el Estado te detiene ilegalmente y utiliza todos sus recursos para encubrir esa detención: puede desde desviar la investigación hasta descartar el cadáver. ¿Cuál ha sido la posición del Poder Ejecutivo ante esta denuncia de desaparición forzada? La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, la negó: dijo que no era una desaparición forzada, que era una desaparición común y que en Argentina hay desapariciones todo el tiempo. Hasta dijo que hay como 5000.Para nosotros es medular en la discusión de este caso señalar cómo se para un gobierno democrático frente a una denuncia de violación de derechos humanos. Si hay sospechas de que las fuerzas de seguridad cometieron una violación, el propio Estado tiene que estar impulsando la investigación y no negando la denuncia o relativizandola.
La abogada de la familia Maldonado, Verónica Heredia, también puntualizó a lavaca sobre la figura de la flagrancia: “Pasamos de la flagrancia a la desaparición forzada sin una coma en el medio. ¿Por qué? Porque la orden de Otranto del corte de ruta del 31 de julio y que se implementa el 1 de agosto, es solo eso: una orden para desalojar la ruta. La cuestión es que Noceti venía haciendo apología de la flagrancia y de todo lo que se puede hacer con esta figura. Entonces la explicación de por qué la Gendarmería ingresó al territorio mapuche es porque dijeron que habían vuelto a intentar cortar la ruta, y esa flagrancia los habilitaba para ingresar. Eso es lo terrible: flagrancia igual a desaparición forzada. ¿Y quién lo habilitó? Noceti. Por eso tiene que ser indagado”.
Litvachky, del CELS: “Las directivas a las fuerzas federales son muy claras sobre cómo deben actuar ante una situación de flagrancia. Pero es evidente que hay un cambio en el registro del Ministerio de Seguridad sobre cómo pararse ante una situación de conflicto social, donde hasta ahora había un cuidado especial sobre cómo las fuerzas de intervención actuaban -de oficio o no, o esperando una orden judicial-, precisamente, para evitar situaciones de mayor conflictividad. Entonces, lo que sucedió se explica sólo si se analiza la hipótesis de que aprovecharon esa flagrancia para realizar un procedimiento que querían realizar sí o sí, y que tenìa como destinataria a una comunidad que la propia ministra de Seguridad había vinculado públicamente como un lugar que alojaba a personas con prácticas terroristas. Así decidieron ingresar a la comunidad y hacer un operativo. Si damos crédito por un segundo que hay un hecho flagrante por el cual ingresan a la comunidad y que ese hecho es el de detener a quienes supuestamente agredieron a un gendarme, pero de ahí es más todo lo que hicieron no está justificado y es ilegal.Y ese operativo ilegal fue el origen de la desaparición de Santiago”.